martes, 2 de junio de 2009

Campaña Muévete por Europa

Ahora que se acercan las elecciones y voces públicas muy interesadas nos quieren hacer creer que de poco valen nuestros votos, y que Europa es un pez muerto que aletea tristemente a nuestros pies, no está de más recordar que la igualdad entre mujeres y hombres es uno de los objetivos fundamentales de la Unión Europea:

“Todas las políticas de la Unión han de tener en cuenta la dimensión de la igualdad de mujeres y hombres”. Por lo tanto, la igualdad es transversal a todas las políticas de la Unión y se aplica en todas las normas y programas, desde la agricultura a la cooperación al desarrollo, o los fondos estructurales

La Unión Europea ha establecido un marco normativo para lograr la igualdad de oportunidades y la igualdad de trato entre mujeres y hombres. España ha desarrollado mediante normas nacionales estas normas europeas de obligado cumplimiento para todos los Estados miembros.

  • Por un mismo trabajo, mujeres y hombres deben cobrar lo mismo.
  • Pueden adoptarse medidas para facilitar al sexo menos representado el ejercicio de carreras profesionales, y evitar o compensar las desventajas que pueda tener en su carrera profesional.
  • El acoso sexual en el entorno laboral ha de ser sancionado.
  • Se ha creado el derecho a un permiso parental para trabajadores, hombres y mujeres, cuando se produce el nacimiento o la adopción de un niño, para poder ocuparse de éste durante al menos tres meses. Una vez finalizado el permiso parental, el trabajador, mujer u hombre, tiene derecho a reincorporarse a su puesto de trabajo o, si no fuera posible, a un trabajo equivalente o similar conforme a su contrato de trabajo.
  • Está prohibido despedir a una trabajadora durante el embarazo y el permiso de maternidad, por causa de su embarazo o lactancia.
  • Debe garantizarse que goce de los derechos inherentes a su contrato de trabajo, incluida la promoción profesional.
  • En toda la Unión Europea se garantiza el derecho a un permiso de maternidad de 14 semanas como mínimo. En España es de 16 semanas.
  • Debe garantizarse que no existe discriminación directa o indirecta ni en el sector público ni en el privado, en el acceso al empleo, la promoción y la formación profesional, las condiciones de trabajo y los regímenes profesionales de seguridad social. Es obligatorio también garantizar la igualdad de acceso entre mujeres y hombres respecto al uso y consumo de bienes y servicios.
  • Existirá igualdad en el tratamiento de la imagen de cada uno de los dos sexos en los medios de comunicación y publicidad.

El Parlamento Europeo ha decidido sobre estas normas y decidirá sobre los cambios que se produzcan en el futuro. Ha manifestado también su firme condena a la violencia de género y a la mutilación genital femenina.

La Hoja de ruta de la Unión Europea para la igualdad entre mujeres y hombres para el período 2006-2010 tiene seis ámbitos prioritarios:

  • Igual independencia económica para las mujeres y los hombres.
  • La conciliación de la vida privada y profesional.
  • La representación igual en la toma de decisiones.
  • La erradicación de toda forma de violencia basada en el género.
  • La eliminación de los estereotipos de género.
  • La promoción de la igualdad entre las mujeres y los hombres en las políticas externas y de desarrollo.

La Ley de Igualdad española incorpora en el derecho español, las normas europeas relativas a la igualdad entre mujeres y hombres, especialmente las relativas a la igualdad de trato en el trabajo y en el acceso a los bienes y servicios, en las que ha intervenido también en su elaboración y adopción el Parlamento Europeo.

Para saber más:

Permiso parental: http://europa.eu/scadplus/leg/es/cha/c10911.htm

Protección de las mujeres embarazadas, que hayan dado a luz o en período de lactancia: http://europa.eu/scadplus/leg/es/cha/c10914.htm

Sitio web de la Comisión Europea sobre la participación en la toma de decisiones entre mujeres y hombres: http://ec.europa.eu/employment_social/women_men_stats/index_fr.htm

Igualdad entre mujeres y hombres: http://ec.europa.eu/social/main.jsp?catId=418&langId=es

Comisión de derechos de la mujer e igualdad de género del Parlamento Europeo: http://www.europarl.europa.eu/activities/committees/homeCom.do?body=FEMM&language=ES

No les hagas caso.... ¡ACUDE A VOTAR!

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