viernes, 1 de mayo de 2009

La igualdad, para los demás


Hace unas semanas asistimos a una jornada en la que una importante Mutua de accidentes presentaba en un Colegio Profesional la puesta en marcha de su Plan de Igualdad, plan que había sido realizado por una importante firma de abogados, y decimos sólo abogados de manera intencionada, por lo siguiente:
Las diferentes ponencias que corrieron a cargo del director de la Mutua, una inspectora de Trabajo y S.Social, así como dos profesionales de la firma, dieron un breve repaso a la Ley Orgánica 3/2007 para la Igualdad Efectiva de Oportunidades de Mujeres y Hombres, concretamente al Título IV que se ocupa del derecho al trabajo en igualdad de oportunidades, y que incorpora medidas para garantizar la igualdad entre mujeres y hombres en el acceso al empleo, en la formación y en la promoción profesionales, y en las condiciones de trabajo, así como la protección frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo.
Además de la sesión divulgativa, la firma elaboradora del plan de igualdad de la Mutua, y suponemos que además co-patrocinadora del evento, repartió entre los y las asistentes una carpeta con la presentación de uno de sus servicios: "Human Capital", y en el que entendemos está comprendido el servicio de elaboración de diagnóstico y planes de igualdad. No obstante, en las hojas interiores de su publicidad está definido como "un área especializada en ayudar a sus clientes a definir su estrategia y gestión de los Recursos Humanos" (...) "Su equipo, formado por casi 70 profesionales con distintas especialidades: Estrategia de RRHH, Diseño Organizativo, Desarrollo y Cambio, Compensación y Sistemas de Información de RRHH y amplia experiencia en distintas industrias como FSI, EUTMT y Productos y Servicios".

Primera pregunta que nos hacemos: ¿donde están definidos los servicios en materia de igualdad, así como la formación especializada de sus profesionales? ¿Cómo se presentan como una consultora que elabora planes de igualdad y sin embargo no consta tal actividad entre sus servicios y tampoco la formación especializada de sus profesionales? No dudamos de que sí hayan contado con especialistas capacitados para elaborar su diagnóstico y plan, pero no estaría mal añadir la información relativa al respecto.

Queremos hacer aquí un pequeño inciso aclarativo, así como comentar una noticia muy reciente: las Mutuas de Accidentes son entidades colaboradoras de la Seguridad Social y por tanto gestionan junto con ésta las aportaciones que empresas, trabajadoras y trabajadores realizan al sistema a través de las cotizaciones sociales. El pasado 29 de abril, el presidente del Tribunal de Cuentas, Manuel Núñez, denunció que las irregularidades detectadas en su informe sobre las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que constata pagos indebidos con cargo a la Seguridad Social por un importe de 14,9 millones de euros, revelan "casi un mal general" que extienden a todas las entidades fiscalizadas en dicho documento. La entidad fiscalizadora enviará sus datos a la Sección de Enjuiciamiento para depurar las posibles responsabilidades contables. "No voy a decir que todas las mutuas hayan cometido irregularidades, pero sí es muy significativo que se hayan detectado irregularidades en todas las mutuas fiscalizadas", incidió Núñez durante su comparecencia ante la Comisión Mixta de relaciones con el Tribunal de Cuentas, en la que señaló que el control interno de las mutas es "muy defectuoso, por no decir inexistente".

Segunda pregunta: ¿cómo realizarán las Mutuas los procesos de contratación de servicios con entidades privadas? Conste que no es envidia torera, lo prometemos, también nosotros algún día tendremos desplegables de cartoncillo sedoso a ochenta colores, de momento no, pero todo llegará, aunque mucho nos tememos que las cosas seguirán igual.

El caso es que al finalizar la jornada, echamos un vistazo al lustroso desplegable que contiene en su interior las 18 especialidades con las que cuenta la firma y que están ilustradas con toda clase de motivos marinos, -por cierto en el área de Derecho Laboral y Seguridad Social son cuatro remeros de hermosos bíceps con los que nos sentimos identificados, no por los bíceps sino por lo de las "palás" de trabajo- pero el caso es que aquí tampoco, ni una de las 18 especialidades se corresponde con la igualdad de género, ni como subespecialidad ¿Dónde estará?

Vamos cerrando el desplegable y vemos mapas con puntos azules que se dispersan a lo largo de toda la geografía española y mundial, llegamos a la portada final con las direcciones de las oficinas nacionales y nombres de "partners".

Aquí viene lo bueno: 29 partners en total, todos con su nombre y primer apellido (el de la madre,¿para que?), especialidad y email. Pepito, Juanito, Manolito, Luisito, Pedrito... así hasta los 29, pero ni una sola mujer. Ni una.

Así que la tercera, cuarta, y muchas otras preguntas que nos hacemos son:

¿Estarían legitimados desde el punto de vista jurídico para ejercer las funciones de asesoramiento en materia de igualdad de género? De momento sí, ya que la norma no establece nada al respecto, pero ¿no es esto acaso una hipocresía o una broma pesada? ¿Es que van a convertir en "negocio" la igualdad de género? ¿No se debería, al igual que ocurre con las Entidades de Prevención de Riesgos Laborales, exigir una acreditación emitida por el Ministerio de Igualdad para poder asesorar y realizar trabajos técnicos con las debidas garantías de que "quienes prediquen, primero que den ejemplo"?

En cualquier caso, las mujeres trabajadoras y empresarias pueden estar tranquilas: la sub-sub-sub-especialización del gremio de encorbatados está aquí para arregar sus carreras y, si nos apuran, sus vidas.

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